10/04/2021


Noticias de guion

Concurso de proyectos (ficción y documental) FONA 2006 (Uruguay)


 

Convoca: La Comisión Administradora del Fondo para el Fomento y Desarrollo de la Producción Audiovisual Nacional (FONA - Uruguay)

Pueden participar: empresas nacionales de producción audiovisual, realizadores y productores independientes nacionales o extranjeros con residencia de más de cinco años en el país

Plazo: 15 de octubre de 2006

Premios: tres premios en la categoría ficción de $1.650.000.00 (un millón seiscientos cincuenta mil pesos uruguayos) cada uno, y un premio en la categoría documental de $900.000.00 (novecientos mil pesos uruguayos).

MÁS INFORMACIÓN EN:

http://asoprod.org.uy/FONA_2006.php

ASOPROD
Belgrano 2886 (entre Centenario y Brito Foresti)
CP11600 - Montevideo, Uruguay
Telefax: (+5982) 4872477
info@asoprod.org.uy


Bases del llamado a Concurso de Producciones Audiovisuales
FONA 2006

Art. 1º - La Comisión Administradora del Fondo para el Fomento y Desarrollo de la Producción Audiovisual Nacional (FONA - Uruguay) llama a concurso para seleccionar tres proyectos unitarios de producción audiovisual: dos ficciones y un documental.

Por única vez y en conmemoración de los 10 AÑOS DEL FONA, se premiará un tercer proyecto de ficción, ÓPERA PRIMA, con los siguientes requisitos:
a) Que su autor no haya ganado un premio FONA anteriormente.
b) Que no haya hecho anteriormente, 1 largometraje con duración de 70 minutos o superior.

Art. 2º - Podrán participar proyectos de ficción (con una duración mínima de 70 minutos), y proyectos de documentales (con una duración mínima de 45 minutos), en soporte profesional DV, Betacam o superior. Podrán presentarse proyectos de ficción a realizarse con técnicas de animación. Sólo serán admitidos proyectos basados en la adaptación de obras de escritores uruguayos, o guiones originales de autor nacional. Cada participante podrá presentar más de un proyecto.

Art. 3º - La Comisión Administradora designará un Jurado integrado por tres miembros, cuyo fallo será inapelable. El Jurado podrá otorgar tres premios en la categoría ficción de $1.650.000.00 (un millón seiscientos cincuenta mil pesos uruguayos) cada uno, y un premio en la categoría documental de $900.000.00 (novecientos mil pesos uruguayos).

Art. 4º - Podrán presentar proyectos empresas nacionales de producción audiovisual, realizadores y productores independientes nacionales o extranjeros con residencia de más de cinco años en el país (Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, Unipersonales, Asociaciones Civiles, Cooperativas) que acrediten en forma fehaciente estar al día con todos los requisitos legales de cada modalidad. También podrán presentarse realizadores o productores que en el momento no tengan empresa abierta (bien porque nunca se inscribieron o que la tengan en suspenso) quienes en el caso de resultar con proyectos ganadores deberán cumplir los requisitos del inciso 1°. Todos deberán estar inscriptos en el Registro de la Producción Audiovisual que ha instrumentado la Comisión Administradora a través de la I.M.M. En todos los casos el director deberá ser uruguayo o extranjero con residencia de más de cinco años en el país.

No podrán participar del concurso los directores cuyos proyectos resultaran ganadores del premio FONA en años anteriores, y que aún se encuentren en período de ejecución de dichos proyectos.

Art. 5º - Los documentos requeridos en carácter obligatorio para la presentación de un proyecto de ficción son:

1º- Formulario de inscripción (brindado por el FONA).
Constancias de inscripción a la D.G.I. y al B.P.S. de la empresa productora. Quienes no tengan empresa estarán eximidos de este requisito.

2º- Cuatro (4) ejemplares del guion encuadernados o encarpetados de forma independiente.

3º- Fotocopia del certificado de inscripción del guion gestionado ante el Registro de Propiedad Intelectual de la Biblioteca Nacional o ante AGADU o autorización por escrito extendida por el autor del guion en caso de no ser el mismo el titular del proyecto. En caso de tratarse de una adaptación cinematográfica de una obra literaria, se deberá presentar autorización por escrito extendida por el autor de la obra preexistente.

4º- Cuatro (4) ejemplares del proyecto propiamente dicho (encuadernado o encarpetado independientemente del guion), conteniendo:
a) Sinopsis (1 página).
b) Desglose del guion.
c) Plan de producción (en el que se aclara duración y fechas aproximadas de las tres etapas del proyecto: pre-producción, rodaje y post-producción).
d) Plan de rodaje.
e) Presupuesto desglosado y detallado por rubro.
f) Plan de financiamiento que discrimine los aportes de capital, bienes y servicios personales, fondos de financiamiento internacionales, FONA, eventuales asociados nacionales e internacionales, etc.
g) Plan de gastos (discriminación de los gastos por semana en función de las etapas del proyecto: pre-producción, rodaje y post-producción).
h) Biofilmografía sucinta del director y del productor responsable del proyecto.
i) Nómina de los técnicos principales (fotografía, dirección de arte, dirección de sonido, editor) y de los actores que ya estuvieran comprometidos en el proyecto, adjuntando carta de intención.
Se podrá adjuntar además toda otra documentación que a juicio del concursante sea considerada de interés para la evaluación del proyecto.

Los proyectos de ficción no deberán haber comenzado su fotografía principal antes de que el jurado comunique oficialmente su fallo.

Art. 6º - Los documentos requeridos en carácter obligatorio para la presentación de un proyecto documental son:

1º- Formulario de inscripción (brindado por el FONA).
Constancia de inscripción a la D.G.I. y al B.P.S de la empresa productora. Quienes no tengan empresa estarán eximidos de este requisito.

2º- Cuatro (4) ejemplares de la propuesta acompañada de la correspondiente investigación (si la hubiere), encuadernados o encarpetados de manera independiente conteniendo:
a) Sinopsis
b) El proyecto, que debe explicar lo más claramente posible en forma sucinta y concreta cómo será el documental para lo cual puede incluir filosofía, propósitos, contenidos, métodos creativos, productivos y formatos. O cualquier otra expresión que sirva para el juicio del jurado.
c) Si el documental estuviera ya comenzado deberán adjuntarse partes del material bruto editadas provisoriamente. Así mismo cuando se hubieran realizado pruebas previas sean estas narrativas o técnicas. Sólo se aceptarán proyectos de documental que tengan hasta un máximo del 50% del material filmado.
3º- Cuatro (4) ejemplares del presupuesto (encuadernado o encarpetado independientemente de la propuesta y la investigación) conteniendo:
a) Plan de producción ( en el que se aclara duración y fechas aproximadas de las tres etapas del proyecto: pre-producción, rodaje y post- producción).
b) Presupuesto por rubros.
c) Plan de financiamiento que discrimine los aportes de capital, bienes y servicios personales, fondos de financiamiento internacionales, FONA, eventuales asociados nacionales e internacionales, etc.
d) Plan de gastos en función de las etapas del proyecto: pre- producción, rodaje y post-producción.
e) Biofilmografía sucinta del director y del productor responsable del proyecto.
f) Nómina de los técnicos principales (fotografía, sonido, edición) adjuntando carta de intención. Se podrá adjuntar además toda otra documentación que a juicio del concursante sea considerada de interés para la evaluación del proyecto.
Art. 7º - La presentación de documentación o información falsa aparejará una sanción a la empresa productora, al productor y al director, quienes quedarían inhabilitados a participar en el Concurso FONA por los cinco (5) períodos siguientes, y la inmediata rescisión del contrato o premio, si lo hubiera. Para estos casos, la Comisión Administradora del FONA entenderá como órgano de apelación.

Art. 8º - Los proyectos presentados serán evaluados por una Comisión Calificadora designada por el FONA. Los concursantes cuyos proyectos hayan recibido observaciones dispondrán de una semana para completar la información. De no hacerlo el proyecto quedará automáticamente fuera de concurso. El FONA comunicará a los interesados la nómina de los proyectos seleccionados que luego elevará al jurado. Este dispondrá de veinticinco (25) días para emitir su fallo.

Art. 9º - Dentro de los treinta (30) días de comunicado el fallo del jurado, el FONA firmará un Contrato de Financiación de Producción Audiovisual con cada uno de los responsables de los proyectos ganadores. A partir de esta firma se establecerá un plazo máximo de dos años (prorrogable por un año mediante presentación de avances justificativos) para el comienzo de la producción.

Art. 10º - I) Con la firma del mencionado contrato se entregará al ganador de la categoría ficción la suma de $ 49.500 (pesos uruguayos cuarenta y nueve mil quinientos). El resto se desembolsará en cuatro (4) etapas, luego de que haya acreditado en forma fehaciente (mediante contratos, o ingresos demostrados o comprometidos) haber completado el financiamiento total del proyecto: al inicio de la pre-producción se entregará la suma de $ 247.500 (pesos uruguayos doscientos cuarenta y siete mil quinientos), al inicio del rodaje se entregará la suma de $ 660.000 (pesos uruguayos seiscientos sesenta mil), al finalizar el rodaje se entregará la suma de $ 528.000 (pesos uruguayos quinientos veintiocho mil), y contra la entrega de la obra en las condiciones establecidas en el presente llamado se entregará la suma de $ 165.000 (pesos uruguayos ciento sesenta y cinco mil), completando el monto total del premio otorgado.

II) Con la firma del mencionado contrato se entregará al ganador de la categoría documental la suma de $ 27.000 (pesos uruguayos veintisiete mil). El resto se desembolsará en cuatro (4) etapas, luego de que haya acreditado en forma fehaciente (mediante contratos, o ingresos demostrados o comprometidos) haber completado el financiamiento total del proyecto: al inicio de la pre-producción se entregará la suma de $ 135.000 (pesos uruguayos ciento treinta y cinco mil), al inicio del rodaje se entregará la suma de $ 360.000 (pesos uruguayos trescientos sesenta mil), al finalizar el rodaje se entregará la suma de $ 288.000 (pesos uruguayos doscientos ochenta y ocho mil), y contra la entrega de la obra en las condiciones establecidas en el presente llamado se entregará la suma de $ 90.000 (pesos uruguayos noventa mil), completando el monto total del premio otorgado.

Art. 11º - En caso de que en el plazo establecido no se haya podido reunir el financiamiento y/o comenzado la producción, caducará el contrato de pleno derecho, efectuándose la devolución de los adelantos recibidos con excepción de lo entregado a la firma del contrato.

Art. 12º - La inscripción en el Concurso supone por parte del concursante la aceptación de las presentes bases, del Convenio de creación del FONA (06 / 06 / 95) y del Estatuto de Funcionamiento del mismo. A los efectos de una mayor ilustración se transcribe el art. 9º del mencionado convenio: "Derechos: En todo acuerdo de financiación que realice la Comisión Administradora con los titulares de los derechos de la obra, se establecerá que dichos derechos para la TV abierta o por cable en señales generadas desde y para Uruguay, serán cedidos a favor de los canales que participan en el convenio por el lapso de 2 años ". Esta cláusula se refiere a la difusión televisiva posterior a la finalización de la exhibición en salas cinematográficas del producto terminado. Por otra parte, el canal 24 TV Ciudad de la Intendencia Municipal de Montevideo tendrá la opción a emitir la obra en tres oportunidades en el lapso de un año, una vez vencido el plazo estipulado para la emisión en los canales participantes del convenio.

Art. 13º - Los proyectos podrán ser presentados desde el 15 de agosto hasta las 18:00 horas del día 15 de octubre del 2006 en las oficinas del FONA ubicadas en Intendencia Municipal de Montevideo (Palacio Municipal, Piso 1 y 1/2). Los concursantes deberán establecer en el formulario de inscripción el nombre del proyecto, el número con el cual están inscriptos en el Registro de la Producción Audiovisual (para lo que presentarán constancia de admisión) y completar en su totalidad los datos solicitados. Las obras serán devueltas a sus titulares contra la presentación del talón de inscripción, en un plazo máximo de treinta días a partir de la publicación del resultado del concurso, salvo un ejemplar que permanecerá en el archivo del FONA. Vencido el plazo estipulado para el retiro de las obras, el FONA no se responsabiliza por las mismas.

Art. 14º - Cualquier situación no contemplada en estas bases será resuelta por la Comisión Administradora del FONA.


30/08/2006 08:55:26

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